El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discutirá ajustes a la convocatoria para la elección de tres consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), al atender impugnaciones presentadas contra la Cámara de Diputados.
Este miércoles, la Sala Superior suspendió la sesión del pleno, para dar tiempo a sustanciar y resolver los medios de impugnación presentados contra la convocatoria emitida la semana pasada por la Cámara de Diputados.
La sesión se suspendió a dos días de que concluya el plazo de registro de los aspirantes a consejeros electorales, el cual se estableció del 23 al 27 de junio.
La elección de los nuevos consejeros electorales se espera para el 22 de abril.
De acuerdo con un proyecto presentado por el magistrado Felipe de la Mata, se le da la razón al ciudadano Francisco Antonio Rojas Choza, quien se inconformó con los requisitos establecidos en la convocatoria para participar en el proceso.
Rojas Chozas pide que no se aplique la parte de la convocatoria que establece: "La persona aspirante de esta Convocatoria deberá cumplir y acreditar de manera debida fehaciente y oportuna los requisitos siguientes: a) Ser ciudadana o ciudadano mexicano que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos".
El quejoso también demanda que se declare inconstitucional ese requisito, que replica el contenido del artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y, en consecuencia, se modifique la convocatoria a efecto de eliminar la exclusión de personas mexicanas con doble nacionalidad.
El denunciante considera que con ello se restringen de forma injustificada los derechos humanos de participación política y libertad profesional, pues implica una restricción de imposible cumplimiento para las personas que tienen doble nacionalidad.
En la impugnación, Rojas Choza manifiesta su pretensión de contender por el cargo de consejero electoral del INE, pero que al tener doble nacionalidad, pues nació en la ciudad de Caracas, Venezuela, y es hijo de madre mexicana por nacimiento, en la ciudad de Tijuana, Baja California, se le está negando la posibilidad de participar en el proceso.
"Esta Sala Superior considera que es fundado el agravio del actor, por lo que se debe inaplicar el requisito requerido para ser consejera o consejero electoral del CG-INE, consistente en no contar con otra nacionalidad aparte de la mexicana, dispuesto en la fracción a), del numeral 1, del artículo 38 de la LGIPE y, en consecuencia, se debe modificar la Convocatoria correspondiente", se lee en el proyecto del magistrado De la Mata.
En sus resolutivos, propone la inaplicación de la porción normativa contenida en el artículo 38 de la ley electoral, así como del requisito sobre nacionalidad en la convocatoria para la elección de consejerías del INE.
"Se modifica la convocatoria para la elección de tres personas que ocuparán las consejerías electorales del CG del INE, en los términos de la presente ejecutoria.
"Se vinculan a la Junta de Coordinación Política, así como al Comité Técnico de Evaluación para que, en el ámbito de sus atribuciones, actúen en los términos que se precisan el presente fallo", se plantea en el proyecto.
Además del caso de Rojas Choza, el TEPJF también debe resolver impugnaciones presentadas contra la convocatoria por los ciudadanos Alma Rosa Bahena, Guillermo Pablo López Andrade, Filiberto Pozos Zurita y Griselda Galicia, entre otros.
Otra de las causas de impugnación es que la convocatoria no consideró incluir la acción afirmativa en materia de acceso a las funciones públicas para miembros de las comunidades indígenas y afromexicanas.

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