Una creciente incertidumbre y afectaciones a su operación padecen las empresas dedicadas al comercio exterior en México ante lo que es una interpretación a las reformas a la Ley Aduanera y las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026, que han propiciado que en determinados casos, los agentes aduanales les nieguen el servicio por temor a perder su patente.
Esto se da en casos en los que, por un error del SAT, las empresas aparecen en una lista de contribuyentes con créditos fiscales, son supuestos deudores.
Aunque las empresas les demuestran a los agentes aduanales que esos supuestos créditos fiscales están pagados o se encuentran debidamente impugnados y garantizados, como quiera les niegan el servicio, lo que está causando graves afectaciones en las operaciones de comercio exterior de los importadores, aseveró Javier Cendejas, presidente del Consejo Mexicano de Comercio Exterior Noreste (Comce).
"Históricamente, cuando existían aclaraciones pendientes, diferencias administrativas o errores derivados de actualizaciones en sistemas del SAT, los agentes aduanales continuaban prestando el servicio siempre que el importador mantuviera vigente su Padrón de Importadores y contara con opinión positiva de cumplimiento fiscal.
"Pero ahora, el cambio reciente no deriva necesariamente de una prohibición expresa en la Ley, sino de una interpretación conservadora sobre el alcance de las nuevas obligaciones. El impacto puede ser sumamente grave; en muchos casos sí puede detener parcial o totalmente operaciones de importación y exportación, afectando cadenas de suministro completas, producción industrial, cumplimiento con clientes internacionales y contratos logísticos".

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