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Llaman a deducir de impuestos planes para retiro

Por Agencia Reforma
2026-01-06 00:00:00

Las aportaciones a un Plan Personal de Retiro (PPR), es decir, un contrato de inversión voluntaria destinada exclusivamente al ahorro para el retiro, tienen mayor margen para deducirse de impuestos que otras deducciones personales como colegiaturas, créditos hipotecarios, gastos médicos y gastos funerarios.
 
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las aportaciones a PPR son deducibles hasta el equivalente al 10 por ciento de los ingresos acumulables del año del contribuyente, sin que puedan rebasar las 5 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) anuales, equivalentes este año a 206 mil 367.60 pesos.
 
El beneficio extra consiste en que la deducción de aportaciones a PPR está exenta del límite general de deducciones personales que aplica a otros gastos -como colegiaturas, créditos hipotecarios, gastos médicos y gastos funerarios- establecido en 5 UMAs anuales o 15 por ciento del total de ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
 
Una preocupación
 
Humberto Barragán Contreras, profesor en la Universidad Panamericana (UP) Campus Guadalajara y cofundador de dos firmas de contaduría, explicó que el sistema de pensiones en México enfrenta desafíos importantes debido al envejecimiento de la población.
 
Explicó que la mayor deducibilidad de los Planes Personales de Retiro busca compensar la insuficiencia del sistema de Afores para cubrir las necesidades de los pensionados, dado que la esperanza de vida en México ha aumentado desde 57-60 años a 75-77 años de edad en los últimos 70 años.
 
"La confusión de si es deducible o no es deducible es porque habían puesto un tope a las deducciones personales en general, es decir, sus aportaciones para el retiro, de tu seguro de gastos médicos mayores, de intereses hipotecarios, todo eso se juntaba y estaba topado al 15 por ciento de tus ingresos", explicó Barragán.
 
En cambio ahora los contribuyentes pueden deducir aportaciones para el retiro hasta por el 10 por ciento de los ingresos anuales, sin que exceda las 5 UMAs, y sin que cuente en el límite a las deducciones personales en general.
 
 ¿Cómo hacerlo?
 
Barragán sugirió que para aplicar esta deducción, las aportaciones pueden realizarse a través de una Afore, notificando que se trata de un fondo de largo plazo, o mediante una aseguradora que ofrezca Planes Personales de Retiro autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
 
"Hay que contratar una póliza de ahorro con aseguradoras que tengan Planes Personales de Retiro autorizados por el SAT, y esa póliza es la que es deducible", señaló Barragán.

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