La inauguración del Mundial de Futbol, el próximo 11 de junio, no constituye un día de descanso obligatorio, por lo que las empresas no deben realizar pagos extras a sus colaboradores, advirtieron expertos.
"A diferencia de la percepción que existe en algunos sectores comerciales y empresariales, la legislación laboral mexicana no contempla esta fecha como un día de asueto oficial. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece de manera estricta los días de descanso obligatorio del año, y ningún evento deportivo se encuentra integrado en dicho listado", afirmó Germán de la Garza, abogado laboral.
Añadió que las disposiciones emitidas por el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, representan exhortos dirigidos a los grandes empleadores para otorgar facilidades horarias a sus trabajadores, sin que esto implique una imposición legal o la suspensión de las operaciones.
El partido de inauguración en el Estadio Ciudad de México está programado para las 13:00 horas, tiempo del centro del País.
"Este horario coincide con el núcleo de la jornada laboral de oficinas, comercios e industrias.
"Declarar un día de asueto obligatorio imprevisto implicaría para las organizaciones el pago de un salario doble adicional a quienes operen, conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, o el cierre de líneas de producción. Al mantenerse como una jornada laborable ordinaria, se garantiza la operación económica continua", manifestó el experto consultado.

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